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SEREMI DE SALUD CERRÓ 2024 CON 213 FISCALIZACIONES A LEY DE TABACO
19 de febrero de 2025

SEREMI DE SALUD CERRÓ 2024 CON 213 FISCALIZACIONES A LEY DE TABACO

Desde marzo del 2024 la Autoridad Sanitaria, tras la publicación de la Ley 21.642 que modifica la Ley 19.419 y prohíbe venta de cigarrillos electrónicos a menores de edad, ha realizado fiscalizaciones en la región con el objetivo que se cumpla la normativa legal que también prohíbe fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo.

Es importante mencionar que la Ley de Tabaco permite a la SEREMI de Salud iniciar sumarios sanitarios ante eventuales incumplimientos, ya que antes las denuncias eran derivadas exclusivamente a los Juzgados de Policía Local.

El año recien pasado en la región se realizaron un total de 213 inspecciones a la ley de tabaco, 106 de ellas en la provincia de Concepción, 62 en Biobío y 45 en Arauco; que dieron origen a 03 sumarios sanitarios.

ProvinciaNº fiscalizaciones anual 2024N° sumarios Anual 2024
Concepción10600
Biobío6202
Arauco4501
Total21303

“Durante el año 2024 se contabilizaron 213 inspecciones orientadas a verificar el cumplimiento de la normativa que prohíbe fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo, incluyendo la prohibición de publicidad. Dicho proceso de control registró tres sumarios sanitarios. Para el presente año nos hemos fijando el desafío de incrementar en un 10% las inspecciones en esta materia, para seguir cuidando la salud de la población”, declaró la Seremi (s) de Salud, Javiera Ceballos Aedo.

La prohibición de fumar en lugares cerrados incluye espacios cubiertos por un techo adosado a una o más paredes, terrazas que no estén el aire libre o tengan un techo que se encuentre pegado a un muro, así como en recintos deportivos, estadios o gimnasios (aunque el administrador del establecimiento puede habilitar áreas para fumadores)

La restricción también alcanza a espacioes cerrados de: bares, pubs, discotecas, restaurantes y casinos de juego, hoteles, centros comerciales; taxis, colectivos o buses; universidades o centros de educación superior, además de hospitales y clínicas.

Respecto a la publicidad, la ley prohíbe la venta de cigarrillos a menos de 100 metros de distancia de colegios (medidos desde la puerta de acceso), la venta o entrega gratuita de cigarrillos en unidades o sueltos y en paquetes que contengan cantidades inferiores a 10 unidades, entre otras disposiciones.